martes, 26 de enero de 2016

Subidas de sueldo en el ADE a cambio de "tragar con los enchufados"

LA JUNTA SUBIRÁ EL SUELDO DE LOS TRABAJADORES DE LA AGENCIA DE INNOVACIÓN (ADE) HASTA UN 6,3% CON TAL DE QUE SUS REPRESENTANTES CONSIENTAN LA EQUIPARACIÓN DE DERECHOS DE QUIENES ACCEDIERON SIN OPOSICIÓN

La Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León se encuentra en la fase final de elaboración de un nuevo convenio, según ha comunicado a sus trabajadores.

El acuerdo contiene una nueva tabla salarial que, apartándose de la actual (convenio de personal laboral de la Junta), concede subidas de sueldo que alcanzan hasta un 5.3% en algunos casos y ello adicionalmente de la prevista subida del 1% para todos los empleados públicos, con lo que las subidas llegarían al 6,3%, según comunicaron los representantes de Comisiones Obreras (CCOO) es este documento.

Asimismo la Junta se ha comprometido a realizar posteriormente otras concesiones, siempre que se firme el acuerdo, entre ellas:
  • Al margen de las mejoras que se conceden por el nuevo convenio, adicionalmente se aplicarán a los trabajadores de la Agencia todas las mejoras reconocidas para la Administración General.
  • Se computará como antigüedad el tiempo trabajado en cualquier entidad (no solo en Administraciones Públicas como hasta ahora).
  • El kilometraje se pagará a 0.30 €/km (en Administración General se paga a 0.19).
  • Los trabajadores con hijos tendrán tiket de guardería.
  • Las horas extras se disfrutarán a elección del trabajador en dinero o en tiempo de descanso y en ambos casos a 1.75 veces el valor de la hora ordinaria.
  • Podrán ausentarse hasta tres días consecutivos por enfermedad sin baja médica sin deducción de retribución

Como contrapartida exigida por la Junta, el acuerdo contiene una disposición adicional según la cual aquellos trabajadores que accedieron sin oposición (indefinidos pero no fijos), procedentes en su mayoría de empresas públicas, participadas y fundaciones, por mera subrogación, pasarían a tener idénticos derechos que quienes aprobaron una oposición (trabajadores fijos). Ese personal indefinido pero no fijo, hasta la actualidad tenía algunos derechos laborales distintos que los trabajadores fijos, a consecuencia de que aquellos no habían aprobado una oposición, por ejemplo en cuanto a la permanencia en el puesto, tampoco podían optar a los puestos de libre designación (los mejor remunerados), ni participar en el concurso de traslados.

El acuerdo transmitido a los trabajadores, pendiente de aprobación definitiva, dispone:

A los efectos de la aplicación de lo previsto en el Titulo IV (“Provisión de Vacantes, Contratación e Ingreso”) y en el Título I (“Suspensión y Extinción del Contrato de trabajo de Trabajo” del Convenio Colectivo, las referencias al personal fijo se entenderán hechas, no sólo al personal fijo, sino también al personal con contrato laboral indefinido” (documento completo aquí).

Con ello, de aprobarse, se equipararían los derechos de quienes accedieron a la Administración respetando los principios constitucionales de concurrencia, igualdad mérito y capacidad con quienes no los han respetado para su acceso.

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