jueves, 5 de junio de 2014

Sra. del Olmo: tenemos la solución a la inviolabilidad del secreto de las 'bufandas'


PLADEPU explica a la titular de la Consejería de Hacienda y Función Pública cómo se puede compatibilizar el derecho de los ciudadanos a estar informados de los sobresueldos que se dan con la Ley de protección de datos personales

A la excusa que puso la semana pasada la Consejera de Hacienda y Función Pública de la Junta de Castilla y León de no poder suministrar los datos sobre los sobresueldos (llamados bufandas) que se dan a personas privilegiadas por el ejecutivo, los cuales ascendieron a más de 6.000.000 € en los últimos 3 años, porque se estaría vulnerando la Ley de protección de datos personales, el portavoz de la plataforma de defensa de lo público PLADEPU, Quinidio Martínez González respondió que cualquier funcionario sabe que para ello bastaría con hacer firmar al beneficiario privilegiado el consentimiento para poder hacer uso público del asunto, como requisito imprescindible para cobrar el sobresueldo, dado que se trata de dinero de todos los ciudadanos, al igual que son de público conocimiento las retribuciones de cada uno de los funcionarios.

Se sospecha que la verdadera razón de la negativa a dar los datos estaría en que se está incumpliendo la legalidad, puesto que estas cantidades no pueden darse de manera sistemática, así como al escándalo que produciría comprobar qué cantidades se dan a algunos, cómo se dan esas cantidades y a quiénes.

Entrevista de PLADEPU en la Cadena Ser (1/6/2014) sobre las 'bufandas' secretas de la Junta y anuncio del Día de asuntos rabiosos:

Según un informe de la Agencia Española de Protección de Datos que tenemos en nuestro poder, confirmamos que las gratificaciones extraordinarias que perciba cada funcionario de JCYL serán de conocimiento público (no hace falta consentimiento del interesado) de los demás funcionarios de la Consejería así como de los representantes sindicales; respecto al personal laboral, se pueden publicar las gratificaciones (no hace falta consentimiento del interesado) si así lo recogen las condiciones de trabajo acordadas en mesa de negociación o convenio colectivo.

El Clavo - El Día de Valladolid (30/5/2014)

No hay comentarios :

Publicar un comentario